Skip to main content

Obtener una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable no necesariamente basta para que un proyecto pueda ejecutar todas sus obras u operar. Cuando corresponda, el titular también debe obtener los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) aplicables. Sus requisitos de carácter ambiental se evalúan dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), con la participación de los organismos competentes.

Identificar tardíamente un PAS o presentar antecedentes incompletos puede generar observaciones y retrasos en la evaluación ambiental o en la posterior tramitación sectorial. En este artículo te explicamos qué son los PAS, qué tipos existen, cuáles pueden resultar aplicables y cómo se tramitan dentro y fuera del SEIA.

¿Qué son los Permisos Ambientales Sectoriales?

 

Los PAS son permisos o pronunciamientos que otorgan órganos de la Administración del Estado distintos del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), pero cuyos requisitos de carácter ambiental se evalúan dentro del SEIA. Están regulados en el Título VII del Reglamento del SEIA (D.S. N.° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente).

El SEIA funciona como una “ventanilla única” para los permisos o pronunciamientos de carácter ambiental aplicables a los proyectos sometidos a evaluación. Durante la tramitación de una DIA o un EIA, los organismos competentes se pronuncian sobre los PAS de su ámbito. En los PAS de contenido únicamente ambiental, la RCA favorable dispone su otorgamiento; en los PAS mixtos, certifica el cumplimiento de los requisitos ambientales. Si aún tienes dudas sobre la diferencia entre estos instrumentos de evaluación, revisa nuestro artículo DIA vs. EIA: diferencias clave en Chile.

Tipos de PAS: únicamente ambientales y mixtos

 

  • PAS de contenido únicamente ambiental: todos sus requisitos son de carácter ambiental. Obtenida la RCA favorable, el organismo sectorial debe otorgar el permiso sin más trámite sobre esos contenidos.
  • PAS mixtos: combinan requisitos ambientales y no ambientales. La RCA favorable certifica el cumplimiento de los requisitos ambientales. Los antecedentes no ambientales pueden presentarse ante el organismo competente antes de la notificación de la RCA, pero el permiso solo puede otorgarse una vez que el titular exhiba una RCA favorable.

Esta distinción es clave para planificar el cronograma: en los PAS mixtos, la RCA no es el final del camino. El titular todavía debe obtener la “parte sectorial” del permiso antes de construir u operar la obra correspondiente.

Ejemplos de PAS aplicables a proyectos productivos

 

El Reglamento del SEIA contempla 50 PAS: 20 de contenido únicamente ambiental y 30 mixtos. Según las obras y actividades de cada proyecto, pueden resultar aplicables, entre otros, los siguientes:

  • PAS 138: construcción de obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de aguas servidas (SEREMI de Salud).
  • PAS 140: plantas de tratamiento de basuras y desperdicios, o lugares destinados a su acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final (SEREMI de Salud).
  • PAS 142: sitios destinados al almacenamiento de residuos peligrosos (SEREMI de Salud).
  • PAS 148: corta de bosque nativo mediante plan de manejo (CONAF).
  • PAS 155: construcción de ciertas obras hidráulicas mayores, como embalses o tranques (DGA).
  • PAS 156: modificación de cauces naturales o artificiales (DGA).
  • PAS 160: subdivisión y urbanización de terrenos rurales o construcciones fuera de los límites urbanos, en los casos previstos en el artículo 55 de la LGUC. Los organismos que intervienen dependen del tipo de solicitud, como revisamos en nuestro artículo sobre el Informe Favorable para la Construcción (IFC).
  • PAS 132: excavaciones de tipo arqueológico, antropológico o paleontológico (Consejo de Monumentos Nacionales).

La lista aplicable depende de las obras y actividades de cada proyecto: un embalse de riego, una planta de proceso y un plantel pecuario activan combinaciones de PAS completamente distintas.

¿Cómo se tramitan los PAS dentro del SEIA?

 

  • Identificación temprana: al diseñar el proyecto se determina qué PAS aplican según sus obras y actividades. Este análisis conviene hacerlo antes de ingresar al SEIA, porque define los antecedentes técnicos que deberá contener la DIA o el EIA.
  • Presentación de antecedentes: la DIA o el EIA debe incluir los contenidos técnicos y formales que el Reglamento del SEIA exige para cada PAS aplicable.
  • Pronunciamiento de los organismos: durante la evaluación ambiental, cada servicio competente revisa los antecedentes del PAS de su ámbito y se pronuncia a través del expediente electrónico.
  • Aprobación en la RCA: en los PAS de contenido únicamente ambiental, la RCA favorable dispone su otorgamiento; en los PAS mixtos, certifica el cumplimiento de los requisitos ambientales. Conoce más en nuestro artículo sobre la Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
  • Otorgamiento posterior: en los PAS mixtos, el organismo sectorial revisa los requisitos no ambientales. Estos antecedentes pueden presentarse antes de la notificación de la RCA, pero el permiso solo puede otorgarse una vez que el titular exhiba una RCA favorable.

 

¿Y si mi proyecto no ingresa al SEIA?

 

Que un proyecto no deba ingresar al SEIA no significa que quede exento de permisos sectoriales. Según sus obras, instalaciones y actividades, puede requerir autorizaciones que se tramitan directamente ante el organismo competente, conforme a su normativa específica.

El análisis de si un proyecto o su modificación debe ingresar al SEIA corresponde inicialmente al titular. Cuando existan dudas, este puede solicitar al SEA un pronunciamiento mediante una consulta de pertinencia, acompañando antecedentes suficientes. En Araya Ambiental gestionamos ambos caminos a través de nuestro servicio de Tramitación Sectorial.

Permisología: el nuevo escenario de los permisos sectoriales

 

Publicada en el Diario Oficial el 29 de septiembre de 2025, la Ley N.º 21.770 estableció un marco general para las autorizaciones sectoriales y creó el Sistema de Información Unificado de Permisos Sectoriales (SUPER). Su implementación es gradual, ya que varias disposiciones tienen fechas especiales de entrada en vigencia vinculadas a decretos y reglamentos. Las autorizaciones tramitadas íntegramente dentro del SEIA quedan fuera de este sistema; en los PAS mixtos, la ley puede aplicarse a la tramitación sectorial de los requisitos no ambientales. Por eso, debe considerarse al planificar los permisos del proyecto, sin presentarla como una modificación directa de la evaluación ambiental de los PAS.

Errores frecuentes al tramitar PAS

 

  • Identificar los PAS tarde, cuando la DIA o el EIA ya está en elaboración, lo que obliga a levantar antecedentes técnicos contra el tiempo.
  • Confundir la RCA con el permiso final en PAS mixtos, y descubrir en plena construcción que falta la parte sectorial.
  • Presentar antecedentes incompletos, generando observaciones de los organismos que alargan la evaluación.
  • Modificar el proyecto después de aprobado sin evaluar si los cambios alteran los PAS otorgados o exigen volver al SEIA, tema que abordaremos en nuestro próximo artículo.

Preguntas frecuentes

¿Un PAS es lo mismo que un permiso sectorial?

No exactamente. Los PAS son permisos sectoriales cuyo componente ambiental se evalúa dentro del SEIA y están listados en su Reglamento. Los permisos sectoriales comunes se tramitan directamente ante cada organismo, sin pasar por la evaluación ambiental.

¿Cuántos PAS existen?

El Reglamento del SEIA contempla 50 PAS: 20 de contenido únicamente ambiental y 30 mixtos. A cada proyecto solo le aplican los que correspondan a sus obras y actividades.

¿Qué pasa si un organismo rechaza la parte no ambiental de un PAS mixto?

El organismo puede pronunciarse sobre los requisitos no ambientales del permiso, pero no puede desconocer los contenidos ambientales ya aprobados en la RCA. Por eso es clave que los antecedentes presentados en el SEIA sean consistentes con lo que después se presenta en la tramitación sectorial.

¿La Ley 21.770 cambia la forma de tramitar los PAS?

No modifica la evaluación de los requisitos ambientales de los PAS dentro del SEIA, que continúa regulada por la Ley N.º 19.300 y el Reglamento del SEIA. En los PAS mixtos, la Ley N.º 21.770 puede aplicarse a la tramitación sectorial de los requisitos no ambientales, conforme a su entrada en vigencia gradual.

¿Necesitas identificar o tramitar los PAS de tu proyecto?

En Araya Ambiental realizamos el levantamiento de los permisos aplicables a tu proyecto, preparamos los antecedentes técnicos de cada PAS y gestionamos la tramitación ante los organismos competentes, dentro y fuera del SEIA.

Conoce nuestro servicio de Tramitación Sectorial o escríbenos a contacto@arayaambiental.cl.