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Toda instalación industrial, agroindustrial o vitivinícola que genere y descargue Residuos Industriales Líquidos (RILes), como aguas de proceso, lavado de equipos o subproductos líquidos, debe cumplir la normativa aplicable al destino de la descarga y contar con las autorizaciones que correspondan.

En la práctica, este es uno de los permisos sectoriales que más problemas genera en el sector agroindustrial: muchas plantas operan durante años sin saber que su descarga requiere autorización, y lo descubren recién ante una fiscalización o un proceso de venta. En este artículo te explicamos qué son los RILes, qué normas regulan su descarga, cuándo se requiere la autorización y cómo es el proceso.

¿Qué son los RILes?

Los Residuos Industriales Líquidos (RILes) son los efluentes líquidos generados por procesos productivos industriales, distintos de las aguas servidas domésticas. Su composición varía según el rubro: en plantas agroindustriales y bodegas de vino, por ejemplo, suelen contener alta carga orgánica, sólidos suspendidos y variaciones importantes de pH, especialmente en temporada de vendimia o cosecha.

Un punto clave: aunque se trate de agua de lavado de fruta, restos de mosto o aguas de enjuague y el efluente parezca inofensivo, sigue siendo un RIL y su descarga está regulada.

Marco normativo aplicable

La descarga de RILes en Chile está regulada principalmente por normas de emisión, y la que aplica depende del punto de descarga:

  • S. N.º 90/2000: regula la descarga de RILes a cuerpos de agua marinos y continentales superficiales (ríos, esteros, canales, lagos y mar).
  • S. N.º 609/1998: regula la descarga de RILes a sistemas de alcantarillado operados por empresas sanitarias.
  • S. N.º 46/2002: regula la descarga de residuos líquidos a aguas subterráneas mediante infiltración.

Cada norma define los parámetros a controlar (pH, DBO5, sólidos suspendidos, aceites y grasas, entre otros) y sus límites máximos permitidos. Identificar correctamente el punto de descarga es, por tanto, el primer paso de cualquier estrategia de cumplimiento.

¿Cuándo se requiere la autorización?

La autorización y las obligaciones aplicables deben determinarse según las características del efluente, el sistema de tratamiento y el punto de descarga. Algunos casos típicos del sector que asesoramos:

  • Plantas agroindustriales y procesadoras de alimentos (deshidratados, congelados, conservas, jugos).
  • Bodegas de vino y plantas vitivinícolas, con RILes de vendimia, lavado de cubas y líneas de envasado.
  • Plantas procesadoras de frutos secos, frutas y hortalizas (packing con proceso húmedo).
  • Lecherías y planteles pecuarios con efluentes de lavado de salas e instalaciones.
  • Cualquier instalación industrial que genere efluentes líquidos de proceso, independientemente de su tamaño, según las condiciones y límites establecidos en la normativa aplicable.

Además del control de la descarga, los proyectos de sistemas de evacuación, tratamiento o disposición final de RILes que no se descargan a redes de una empresa sanitaria requieren aprobación de la SEREMI de Salud correspondiente.

¿Qué considera el proceso de autorización?

  • Caracterización del RIL: identificación de caudales, parámetros y carga contaminante generada por el proceso productivo, idealmente con mediciones de laboratorio acreditado.
  • Diseño o evaluación del sistema de tratamiento: verificación de que la tecnología propuesta (o existente) permita cumplir de forma consistente los límites de la norma aplicable.
  • Elaboración del proyecto técnico: memoria de cálculo, planos y antecedentes del sistema para su presentación formal.
  • Tramitación ante el organismo competente: presentación de los antecedentes ante la SEREMI de Salud y, según las características del proyecto y el punto de descarga, ante los organismos sectoriales que correspondan. La autoridad competente y los requisitos aplicables dependerán del tipo de sistema de tratamiento y del destino de los efluentes.
  • Fiscalización ambiental: cuando corresponda, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) puede fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales aplicables al proyecto, especialmente aquellas establecidas en una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) u otros instrumentos de carácter ambiental.
  • Programa de autocontrol: monitoreo periódico mediante un laboratorio o entidad técnica autorizada o acreditada, según corresponda, y reporte de los parámetros exigidos por la autoridad.

El plazo total depende de la complejidad del sistema y de la calidad de los antecedentes, por lo que conviene iniciar la tramitación temprano, en paralelo al diseño de la planta o de su ampliación.

¿Quién fiscaliza el cumplimiento?

La fiscalización dependerá del tipo de descarga, de la normativa aplicable y de las autorizaciones ambientales y sectoriales asociadas al proyecto. Según corresponda, pueden intervenir distintos organismos con competencias de fiscalización.

En el ámbito ambiental, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) fiscaliza el cumplimiento de los instrumentos de carácter ambiental de su competencia, incluidas las obligaciones establecidas en una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), cuando corresponda.

Por ello, es importante identificar para cada proyecto las obligaciones aplicables y las autoridades competentes según las características del sistema de tratamiento y el destino de los RILes.

Riesgos de operar sin autorización

  • Sanciones y procedimientos administrativos por parte de los organismos competentes, según la normativa aplicable, incluyendo multas u otras medidas cuando corresponda.
  • Paralización de la descarga y, en consecuencia, de la operación productiva que la genera.
  • Imposibilidad de regularizar a tiempo frente a plazos comerciales: certificaciones, contratos con clientes o exportación.
  • Observaciones en procesos de due diligence ambiental ante una eventual venta, fusión o inversión, con impacto directo en la valorización del negocio.

Como revisamos en nuestro Checklist de cumplimiento ambiental, la autorización de RILes es uno de los puntos que toda empresa debería verificar periódicamente.

¿Cómo apoya Araya Ambiental?

En Araya Ambiental acompañamos a empresas agroindustriales, vitivinícolas e industriales en la caracterización de sus RILes, la evaluación técnica del sistema de tratamiento y la tramitación de la autorización ante la autoridad. Hemos gestionado proyectos de sistemas de tratamiento de RILes para plantas procesadoras y bodegas de vino de primer nivel. Conoce más en nuestro servicio de Tramitación Sectorial.

Preguntas frecuentes

¿Toda empresa que genera RILes necesita esta autorización?

La obligación debe evaluarse según las características y el destino de la descarga. Cuando una instalación descarga residuos industriales líquidos a un cuerpo de agua superficial o subterráneo o al alcantarillado, debe cumplir la normativa y contar con las autorizaciones que correspondan.

¿Qué norma aplica si descargo a un canal de regadío?

Cuando la descarga se realiza a un canal o cauce superficial, debe analizarse el punto de descarga y sus características para determinar la normativa aplicable. Dependiendo del caso, puede resultar aplicable el D.S. N.º 90/2000 y otras exigencias sectoriales correspondientes.

¿Qué pasa si mi sistema de tratamiento no cumple los parámetros exigidos?

Puede generar sanciones y la obligación de rediseñar o mejorar el sistema, además de eventuales restricciones a la operación. Detectar el problema de forma temprana, antes de una fiscalización, permite corregirlo con menores costos.

¿Con qué frecuencia se debe monitorear el RIL?

La frecuencia de autocontrol depende de lo establecido en la autorización o en el programa de monitoreo correspondiente, del caudal y tipo de descarga; los resultados deben reportarse periódicamente al organismo fiscalizador mediante laboratorio acreditado.

¿La autorización de RILes es lo mismo que la RCA?

No. La RCA es la aprobación ambiental del proyecto en el SEIA; la autorización del sistema de tratamiento de RILes es un permiso sectorial específico. Un proyecto puede requerir ambos, y tener RCA no exime de tramitar la autorización sectorial.

¿Necesitas autorizar tu sistema de tratamiento de RILes?

En Araya Ambiental te ayudamos a tramitar esta autorización de forma correcta desde el inicio: caracterizamos tu descarga, evaluamos tu sistema y gestionamos el permiso ante la autoridad. Conoce nuestro servicio de Tramitación Sectorial o escríbenos a contacto@arayaambiental.cl